Cargando...

Carpeta 03 Marzo

Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 225 de la Constitución de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria.

Documentos

Seleccionar Toggle Título Fecha
pdf Literal n.- Viáticos informes de trabajo y justificativos ( pdf, 434 KB ) (253 descargas) Popular
pdf Literal o.- Responsable de atender la información publica ( pdf, 447 KB ) (255 descargas) Popular
pdf Literal s. – Organismos seccionales, resoluciones, actas y planes de desarrollo ( pdf, 445 KB ) (257 descargas) Popular